PARTES DE LA OPOSICIÓN SEGÚN ÚLTIMA CONVOCATORIA EM CYL ( ORDEN EDU/1406/2023, de 4 de diciembre, convoca los procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional.
También establece el procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad y el procedimiento de acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjera
FASE DE OPOSICIÓN
PRUEBA A:
Dos originales del Plan de actuación se presentarán ante el tribunal en el momento del llamamiento para la realización de la primera prueba.
SUPUESTO PRÁCTICO
Primera parte: en todas las especialidades se incluirá una prueba práctica cuyas características y contenidos se ajustarán a lo dispuesto en el anexo VI y permitirán comprobar que los aspirantes poseen la formación científica y el dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas propias de la especialidad a la que opten.
Cuestiones relativas a los diferentes tipos de intervención y/o actuaciones que ha de realizar el orientador en un centro educativo, como agente de la función orientadora, o en un equipo de orientación educativa, correspondientes a alguno de los ámbitos siguientes: apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje, orientación académica, vocacional y profesional, apoyo al Plan de Acción Tutorial y mecanismos y actuaciones específicas de coordinación entre los agentes de la función orientadora. Los supuestos prácticos podrán plantear cuestiones relacionadas con la integración de todos estos aspectos en el Plan de Orientación de Centro (Anexo IV).
MÁXIMO 4 PUNTOS.
TEMA
Segunda parte: en aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cuatro temas. Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización de esta segunda parte de la primera prueba.
MÁXIMO 6 PUNTOS.
Posteriormente, los tribunales procederán al llamamiento de los aspirantes para su lectura.
SUPERAR LA PARTE A PARA PASAR A LA B
Para la superación de esta prueba, los aspirantes deberán alcanzar una puntuación mínima, en cada una de las partes, igual al 25 por ciento de la puntuación asignada a cada una de ellas, y una puntuación total, resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes, igual o superior a cinco puntos.
Contra los listados de notas, los aspirantes podrán presentar reclamación, según el correspondiente formulario electrónico, en el plazo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Las reclamaciones se dirigirán a la dirección provincial de educación sede del tribunal de la correspondiente especialidad y serán contestadas por los tribunales mediante resolución motivada, contra la que no cabrá interponer recurso alguno, debiendo esperar a la publicación prevista en el apartado decimoséptimo.5 para, en su caso, interponer el correspondiente recurso de alzada.
PRUEBA B:
En el caso de los aspirantes de la especialidad de Orientación Educativa del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, la programación didáctica podrá consistir en un plan de actuación propio de la especialidad elegido por el aspirante (departamento de orientación o en un equipo de orientación educativa y psicopedagógica).
El Plan deberá ser elaborado de forma individual por cada aspirante y constará de un mínimo de diez unidades didácticas y un máximo de treinta, que deberán ir numeradas. En el caso de programas de intervención, se diferenciarán al menos diez unidades de actuación. Contendrá una portada con los datos de identificación del aspirante (nombre y apellidos y documento nacional de identidad o equivalente) y el cuerpo y la especialidad a la que se opta, así como un índice, donde se relacione la secuencia numerada de las unidades didácticas de que consta. La programación didáctica tendrá una extensión máxima de sesenta páginas, excluidos el índice, la portada, así como los anexos y material de apoyo. Se elaborará en hojas tamaño DIN-A4, con margen superior de 3 cm, inferior de 2 cm, izquierdo de 3 cm y derecho de 2 cm, interlineado sencillo, espaciado entre párrafos de 6 puntos y letra tipo Arial de 12 puntos sin comprimir.
En OE, las unidades didácticas son unidades de trabajo o programas de intervención.
El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad de trabajo, no estando permitida ningún tipo de conexión con el exterior. En consecuencia, no podrán utilizarse en esta parte de la prueba, materiales o dispositivos que permitan tal conexión (ordenador portátil, teléfono móvil, etc.). El incumplimiento de esta previsión se considerará un acto fraudulento determinará la exclusión del procedimiento y la calificación de la prueba con una nota de cero puntos.
Para apoyar la exposición de la unidad de trabajo, en la parte correspondiente a las actividades de enseñanza aprendizaje que se proponen para su desarrollo en el aula, el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno aportado por él mismo (ordenador portátil, teléfono móvil, etc.), permitiéndose la conexión a internet. Esta última será proporcionada por el propio aspirante, que será responsable de su adecuado funcionamiento durante el desarrollo de esta parte de la prueba.
Asimismo, el aspirante dispondrá de un período máximo de una hora para la defensa oral del plan de actuación y la exposición de la unidad de trabajo ante el tribunal. Iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de treinta minutos. A continuación, realizará la exposición de la unidad didáctica. El tribunal podrá formular las preguntas o aclaraciones que estime pertinentes, durante un período máximo de quince minutos.
Asimismo, el aspirante podrá utilizar un guion que no excederá de un folio por una cara y que se entregará al tribunal al término de la exposición.
Esta segunda prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, con aproximación a las diez milésimas, debiendo alcanzar el aspirante para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.
La puntuación de cada aspirante en esta fase será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros presentes en el tribunal, debiendo concretarse hasta diezmilésimas para evitar en lo posible que se produzcan empates. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal exista una diferencia de tres o más enteros, serán automáticamente excluidas las calificaciones máxima y mínima, hallándose la puntuación media entre las calificaciones restantes. En el caso de existir más de una calificación máxima y/o mínima se excluirá una sola de ellas. Este criterio de exclusión se aplicará una única vez en cada aspirante y ejercicio, aunque continúe habiendo una diferencia de tres o más enteros en las puntuaciones de los miembros del tribunal.
FASE DE CONCURSO
En esta fase se valorarán los méritos que acrediten los aspirantes conforme al baremo establecido en el Anexo III de la correspondiente normativa. Esta información es orientativa ya que los méritos quedan especificados en la convocatoria oficial.
Esta valoración se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Descarga el PDF con el ANEXO III
Nota: El Baremo para interinidad es el Anexo V.
SISTEMA DE CALIFICACIÓN
La ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso para formar la puntuación global será de un 60% para fase de oposición y de un 40% para la fase de concurso.
SUPERACIÓN DE LAS FASES DE OPOSICIÓN Y CONCURSO
Resultarán seleccionados para pasar a la fase de prácticas aquellos aspirantes, que una vez ordenados según la puntuación global de las fases de oposición y concurso, tengan un número igual o menor que el número total de plazas convocadas.
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